Probablemente en las últimas semanas, habrá recibido usted algún comunicado o carta remitida por alguno de sus bancos a fin de requerirle una cierta información mercantil de las Sociedades titulares de cuentas bancarias.

En esta nota informativa, queremos informarle de manera breve y concisa a que corresponde, así como los términos de cumplimiento y responsabilidad derivados de ello.

El origen de este requerimiento de información comunicado por los bancos a las entidades mercantiles se circunscribe a los términos de colaboración de obligado cumplimiento por parte de los bancos en cuanto a garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales internacionales, proporcionando a sus clientes el máximo estándar de seguridad y confidencialidad. A tal fin, los bancos están implementando los cambios necesarios en las distintas áreas de negocio a fin de asegurar el cumplimiento de la ley FATCA.

Foreign Account Tax Compliance Act (FATCA) es una legislación aprobada por el Internal Revenue Service (IRS) y el Departamento del Tesoro de Estados Unidos, con el fin de promover la transparencia fiscal y reforzar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de ciudadanos o residentes estadounidenses. FATCA requiere que las instituciones financieras de todo el mundo identifiquen a clientes con nacionalidad o residencia fiscal en EEUU que tengan – entre otros – cuentas financieras en el extranjero y reporten anualmente sus posiciones y movimientos a la autoridad fiscal EEUU. Para asegurar el cumplimiento de FATCA, se aplicará un 30% de retención sobre determinados pagos realizados a entidades e individuos que no cumplan con FATCA.

Las entidades financieras afectadas por dicha normativa han sido registradas en el IRS y aparecerán en el listado oficial de instituciones financieras participantes que publica el IRS.

FATCA exige a las instituciones financieras de todo el mundo que cumplan con una serie de requerimientos:

  • Identificar a cualquier cliente que mantenga una cuenta en su entidad bancaria, y que responda a las siguientes características:
    • Ciudadanos o personas residentes en Estados Unidos.
    • Corporaciones Americanas.
    • Determinadas entidades legales, mayormente patrimoniales, con propietarios estadounidenses.
    • Titulares de cuentas que no faciliten la documentación identificativa solicitada.
  • Reportar información de los titulares de cuentas mencionados previamente, al IRS o a la autoridad fiscal competente. La información a reportar incluirá:
    • Información personal: nombre, dirección y número de identificación fiscal americano (US TIN).
    • Información de cuentas: número de cuenta, saldos y pagos realizados o cobrados a la cuenta.
  • Retener el 30% en determinados pagos de fuente estadounidense (intereses y dividendos principalmente) efectuados a cuentas de titulares que no cumplan con FATCA).

Es en cumplimiento de todo ello que los bancos han remitido a sus clientes, notificación así como los formularios a cumplimentar en caso de que no lo hubiera hecho en 2015.

¿Qué formularios debe firmar y remitir a sus bancos colaboradores?

  • Formulario W-9 Si su empresa es estadounidense.
  • Formulario W-8BEN-W Si su empresa NO es estadounidense.
    • Empresa estadounidense o US Entitiy es aquella constituida en EE.UU o bien aquella participada por una o varias US persons que ejerzan de forma directa o indirecta un control accionarial de más del 25%.

¿Qué sucede si no se aporta/firma el documento requerido?

La ley obliga, (Acuerdo Intergubernamental, IGA, con EE.UU firmado el 14/05/2013) a las entidades financieras; por ello estas, en caso de no recibir dicho formulario por sus clientes, están obligadas a considerar a sus empresas clientes como no documentadas y a declarar sus cuentas bancarias a la AEAT, quien será la encargada de remitir la información al IRS estadounidense.

Por todo ello le sugerimos, revise si estos formularios han sido aportados a cada una de las entidades bancarias con las que mantiene cuentas abiertas, aún cuando no las utilice. Y aún cuando su empresa no sea US Entitiy, recuerde que la obligación es para todas.

Podrá encontrar estos formularios así como información detallada al respecto en https://www.irs.gov/instructions/iw9sp/ar02.html .

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